La reforma energética de 2013 era una reforma constitucional cuya iniciativa fue presentada por el presidente Enrique Peña Nieto el 12 de agosto de 2013. Fue aprobada por el Senado de la República el 11 de octubre de 2013 y por la Cámara de Diputados un día después. El 18 de diciembre de 2013, la reforma fue declarada constitucional por el Poder Legislativo Federal; fue promulgada por el Ejecutivo el 20 de diciembre de 2013 y publicada en la edición vespertina de ese mismo día del Diario Oficial de la Federación.
La reforma fue disuelta luego de haberse declarado constitucional la nueva reforma energética presentada al Congreso por Andrés Manuel López Obrador el 5 de febrero de 2024, aprobada por el Senado el 24 de octubre de 2024 y firmada por decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum el 30 de octubre de 2024, la cual está destinada para favorecer a las clases bajas y para que el gobierno pueda declarar a la CFE de Empresa Productiva Estatal a Empresa Pública, al igual que PEMEX, para ofrecer y generar el 54 % de los recursos en el país, mientras que el sector privado solo generará un 46 % de la energía del país, convirtiéndolas en las principales empresas en llevar internet, por medio de su filial CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos (CFE TEIT), energía, por parte de la CFE, y encargará a PEMEX de generar combustible de calidad para todo el país, obteniendo ambas empresas la mayor parte de los ingresos tributarios para mejorar la infraestructura del país y continuar desarrollando a México.
Marco histórico
Con la promulgación de la Constitución de 1917, se estableció en su artículo 27 el dominio de la Nación sobre todos los minerales, entre ellos, el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, además daba al Ejecutivo Federal la posibilidad de que los particulares extrajeran para su aprovechamiento el petróleo y demás hidrocarburos, bajo la figura de la concesión.
En diciembre de 1938, el presidente Lázaro Cárdenas del Río impulsó la primera reforma energética, la cual mantenía la propiedad exclusiva del Estado sobre los recursos en el subsuelo, suprimía las concesiones sobre el petróleo y los carburos de hidrógeno ya que la concesión confería a particulares los derechos para explotar y aprovechar bienes del dominio nacional y consideraba como derecho exclusivo del Estado el explotar los hidrocarburos mediante las formas estipuladas en una ley secundaria. La iniciativa fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación en noviembre de 1940.
En el mismo periodo, también fue publicada la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional que creó instrumentos para celebrar contratos con los particulares a fin de que éstos lleven a cabo por cuenta del Gobierno Federal, los trabajos de exploración y explotación de hidrocarburos sin poner el riesgo los derechos del Estados sobre éstos; también estableció el régimen de concesiones para la construcción de refinerías y oleoductos y para la distribución de gas.
En 1958 se expidió una nueva Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional que eliminó la posibilidad de celebrar contratos con particulares en la explotación y reservó todas las actividades de la industria petrolera a Petróleos Mexicanos. Dos años más tarde, en enero de 1960, una reforma constitucional incorpora dicha prohibición de contratos al artículo 27 de la Carta Magna.
En febrero de 1983 se reformaron los artículos 26, 27 y 28 de la Constitución para establecer que no constituyen monopolios las funciones exclusivas que el Estado ejerza en áreas estratégicas de petróleo y demás hidrocarburos, así como petroquímica básica.
Antecedentes
El 25 de abril de 2012, el entonces candidato a Presidente de México de la coalición Compromiso por México, Enrique Peña Nieto, hizo el compromiso de concretar una reforma energética para disminuir las tarifas eléctricas en beneficio de la población y la industria, reafirmado en su primer mensaje a la nación el 1 de diciembre de 2012.
Pacto por México
Dentro del marco de los acuerdos y compromisos establecidos en el Pacto por México se encuentra la realización de una reforma energética que promueva al sector como motor de inversión y desarrollo. Dentro de esta reforma se considerarían los siguientes puntos:
Los hidrocarburos seguirían siendo propiedad de la Nación Transformar a Pemex en una empresa pública de carácter productivo, propiedad del Estado con la capacidad de competir en la industria para convertirse en una empresa de clase mundial, además se le dotaría de reglas de gobierno corporativo y de transparencia. Multiplicar la exploración y producción de hidrocarburos Competencia en los procesos de refinación, petroquímica y transporte de hidrocarburos Fortalecer a la Comisión Nacional de Hidrocarburos Convertir a Pemex en el motor de una cadena de proveedores nacionales y en la producción nacional de fertilizantes Establecimiento de una estrategia que desarrolle energías renovables y ahorre energía
Iniciativas de partidos políticos
Dentro de las mesas de diálogo del Pacto por México, se tomó la decisión de que no habría una sola propuesta del Pacto, sino que cada partido político presentaría una propia y sobre ello buscarían los acuerdos, en donde el Partido Revolucionario Institucional acompañaría la iniciativa presidencial.
La propuesta de reforma constitucional del Partido Acción Nacional presentada el 31 de julio de 2013 permitiría que existiesen contratos y concesiones para la explotación del petróleo y los carburos de hidrógenos sólidos, líquidos o gaseosos; de igual modo propone que la CFE y Pemex dejen de ser monopolios y sean empresas dominantes dentro de un mercado con más competidores, propone la creación de un Fondo Mexicano del Petróleo que administraría la renta petrolera y buscaría su máximo beneficio y que la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Nacional de Energía sean organismos autónomos.
La propuesta de reforma del Partido de la Revolución Democrática presentada el 19 de agosto de 2013, no representa una reforma constitucional, si no solo de leyes secundaria y promueve el cambio de régimen fiscal de PEMEX; la autonomía presupuestal y de gestión de CFE y PEMEX; el fortalecimiento de la Secretaría de Energía y de la Comisión Nacional de Hidrocarburos; el ordenamiento de tarifas, precios y subsidios de los combustibles y la electricidad; convertir al Fondo de Estabilización de Ingresos Petroleros en un organismo financiero; establecer una visión tecnológica para el Instituto Mexicano del Petróleo; y la implementación de una transición energética que sustituya energías fósiles por energías limpias.
Contenido
Petróleo y demás hidrocarburos
Se elimina del artículo 27 constitucional la restricción incorporada en 1960, que impide la utilización de contratos para la extracción de hidrocarburos del subsuelo. La modificación no altera la propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos y mantiene la prohibición de otorgar concesiones que confieran derechos sobre recursos naturales a particulares. Estos contratos, determinados en su forma por la ley reglamentaria correspondiente permiten la participación de los sectores social y privado en la exploración y extracción de hidrocarburos a cambio de pagos en función de los recursos obtenidos.
De igual forma, se suprime del artículo 28 de la Constitución a la petroquímica básica como área estratégica que no constituye monopolio, con esto se permite que los particulares participen directamente bajo esquemas regulados en la cadena de valor después de la extracción, incluyendo el transporte, tanto de petróleo crudo, gas natural y sus líquidos, como de petroquímicos y refinados, a través de permisos que se otorguen en los términos que establezca la legislación secundaria.
Adicionalmente, se reestructura Pemex y sus subsidiarias en dos divisiones: Exploración y Producción, y Transformación Industrial; se cambian las condiciones de transparencia y rendición de cuentas en Pemex y se establece una política nacional de fomento a las compras de proveedores nacionales del sector hidrocarburos.
Hokchi Energy se convirtió en la primera empresa privada en realizar trabajos de perforación y producción de petróleo luego de la aprobación de la Reforma Energética. El bloque de Hokchi, operado por la filial mexicana de Pan American Energy (PAE) de la familia argentina Bulgheroni, aportó en 2023 la mayor cantidad de producción petrolera dentro de las áreas concesionadas en las rondas de incorporación de capital privado que lanzó la administración de Peña Nieto.
Energía eléctrica
Se abre un mercado de generación de energía eléctrica sin que el Estado pierda la rectoría en el control del sistema eléctrico nacional y la exclusividad de transmitir y distribuir la energía como un servicio público indispensable. Lo que se busca es que el sistema eléctrico nacional esté impulsado conjuntamente por la CFE y particulares bajo la conducción del Estado, con el objetivo de reducir costos y elevar la productividad y eficiencia del sistema eléctrico, disminuyendo así las tarifas eléctricas. La propiedad de las centrales y las redes de transmisión y distribución de la Comisión Federal de Electricidad que son públicas se mantienen en manos de la Nación.
Se corrigen las limitaciones del modelo energético para agregar energías renovables a gran escala mediante un mercado administrado por el Estado a través de un operador independiente, y el establecimiento de certificados de energías limpias. Con esto, se promueve la diversificación en la producción de la energía con el uso de energía eólica, geotérmica, hidráulica y mini hidráulica, biomasa y solar.
Adicionalmente, se fortalece la CFE dotándole de mayor libertad en aspectos operativos y de organización, y se refuerzan las facultades de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía.
Empresas productivas
En el artículo 25 constitucional se agrega el concepto empresas productivas del Estado, las cuales serán un medio para que Gobierno Federal tenga a su cargo de forma exclusiva las áreas estratégicas. Mientras que en el artículo tercero transitorio se establece que los organismos descentralizados Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad pasarán a ser empresas productivas del Estado. Las leyes secundarias que emanen de esta reforma deberán establecer que las empresas productivas del Estado tendrán las siguientes características:
Su objeto debe ser la creación de valor económico e incrementar los ingresos de la Nación, con sentido de equidad y responsabilidad social y ambiental Contar con un régimen presupuestario especial y estar sujetas al balance financiero y al techo de servicios personales que el Congreso de la Unión apruebe. Su régimen de remuneraciones será distinto del previsto en el artículo 127 de la Constitución Su organización, administración y estructura corporativa deben ser acordes con las mejores prácticas a nivel internacional, asegurando su autonomía técnica y de gestión, así como un régimen especial de contratación para la obtención de los mejores resultados de sus actividades Sus órganos de gobierno deberán ajustarse a lo que disponga la ley. Deberán coordinarse con el Ejecutivo Federal para que sus operaciones de financiamiento no conduzcan a un incremento en el costo de financiamiento del resto del sector público o bien, contribuyan a reducir las fuentes de financiamiento del mismo Contar con un régimen especial en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, deuda pública, responsabilidades administrativas y demás que se requieran para la eficaz realización de su objeto, de forma que les permita competir con eficacia en su industria o actividad