El Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA), oficialmente Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera (DAVA), es el cuerpo armado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que pertenece al Ministerio de Hacienda de España. Se integra en el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT y sus agentes llevan a cabo labores de represión de los delitos e infracciones de contrabando, la lucha contra el tráfico de drogas y otros delitos conexos, el blanqueo de capitales, el fraude fiscal y la economía sumergida.

Los funcionarios del SVA desarrollan su trabajo en todo el territorio nacional, su espacio aéreo y sus aguas jurisdiccionales, y tienen la consideración de agentes de la autoridad (policía fiscal y policía judicial). El SVA además de colaborar con las otras autoridades nacionales encargadas de la gestión fronteriza y costera, colabora activamente con la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex).

Funciones Las principales funciones atribuidas al Servicio de Vigilancia Aduanera por la vigente normativa legal se pueden englobar en: El descubrimiento, persecución y represión en todo el territorio nacional, aguas jurisdiccionales y espacio aéreo español de los actos e infracciones de contrabando. Ejercicio de las funciones de Resguardo Fiscal y Aduanero. La actuación en materia de inspección, investigación y control que les sean encomendadas por la Subdirección General de Inspección e Investigación y la participación en misiones de investigación de otras Áreas de la AEAT. Selección de los medios técnicos especiales necesarios para el cumplimiento de las actividades operativas, barcos, aviones, inteligencia electrónica y otros medios materiales utilizables en la represión del fraude aduanero y contrabando. Actuaciones en materia de blanqueo de capitales, control de cambios, así como la persecución, investigación y descubrimiento de la economía sumergida, en coordinación con los órganos competentes. Prestación de servicios en el área de comunicaciones al resto del Departamento

Organización La Agencia Tributaria, a través de la Ley 66/1997 amplía las actuaciones de Vigilancia Aduanera, además de las competencias que hasta la fecha le correspondían, a la persecución, investigación y descubrimiento del fraude fiscal y de la economía sumergida.

Estos en ocasiones desarrollan con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado investigaciones conjuntas. Las operaciones contra entramados criminales en los que intervienen diferentes cuerpos o servicios suelen estar coordinadas por el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO).

En las operaciones encaminadas al descubrimiento del fraude fiscal o blanqueo de capitales, suele contar con el apoyo de otros departamentos de la Agencia Tributaria (Inspección, Gestión, Recaudación o Informática) así como de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), lo que permite un extra en cuanto a incorporar especialistas en la materia investigada. Todo ello bajo las directrices e instrucciones establecidas por la Dirección de la Agencia Tributaria para el apoyo y colaboración entre los Departamentos para este tipo de actuaciones.

Hay que destacar que el Servicio de Vigilancia Aduanera auxilia a los órganos jurisdiccionales o al Ministerio Fiscal en aquellas operaciones en las que se requiere su actuación como Policía Judicial.

Tras varios debates sobre la competencia de Vigilancia Aduanera como Policía Judicial, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo y el dictamen de la Fiscalía General del Estado avalan estas actuaciones. Así, desde el año 2011, la Comisión Provincial de Coordinación de la Policía Judicial cuenta con el SVA, a quien se encomienda como Policía Judicial con base al artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no solo para los delitos de contrabando, blanqueo conexo, investigación del fraude fiscal y la economía sumergida, sino también específicamente como vías de colaboración de las investigaciones patrimoniales, investigación de datos de la AEAT, investigación de insolvencias aparentes a los efectos de suspensión de penas, e incluso localización de inculpados o reos por delitos contra la Hacienda Pública o blanqueo de capitales, y obtención de datos fiscales complementarios al Punto Neutro Judicial.

Además de la jurisprudencia, el legislador ha reconocido esta condición en la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, que establece:

En la Ley 31/2010, de 27 de julio, se reconoce expresamente en su Disposición Adicional primera al SVA como un Servicio de Seguridad del Estado y en su Artículo 3 dice:

La importancia de Viglancia Aduanera en la lucha contra el narcotráfico y los delitos de blanqueo de capitales, se pone de manifiesto en que sus cargos directivos forman parte de los siguientes comisiones o grupos de asesoramiento:

El director del departamento de Aduanas e Impuestos Especiales forma parte de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, así como de su Comité Permanente.

En lo que se refiere al Director Adjunto de Vigilancia Aduanera, forma parte del Grupo de Asesoramiento y Asistencia de Operaciones dentro del Consejo Superior de Lucha contra el Tráfico de Drogas y el Blanqueo de Capitales, en el cual, a su vez, participa el director general de la AEAT.

Colaboración internacional El Reino de España, en cumplimiento del Convenio de Nápoles II designa a la Subdirección General de Operaciones de Vigilancia Aduanera como servicio de coordinación responsable de recibir las solicitudes de asistencia mutua. También actúa como enlace con el resto de servicios aduaneros internacionales y el análisis y tratamiento de los datos de inteligencia aduanera. Además, Vigilancia Aduanera dentro de los convenios de colaboración policial con Portugal y Francia, al igual que el Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil, está autorizada a realizar las denominadas "persecuciones en caliente", que permiten la entrada en el país vecino.

Del mismo modo cuenta con presencia en los Centros de Cooperación Policial y Aduanera que están establecidos en zonas fronterizas con Portugal y Francia. Hay cinco con Portugal: Tuy-Valença, Vilar Formoso-Fuentes de Oñoro, Caya-Elvás, Villarreal de San Antonio-Ayamonte y Quintanilla-Alcañices. Y otras cuatro con Francia: Canfranc-Somport-Urdós, El Pertús-La Junquera, Melles Pont du Roy-Les y Hendaya-Irún.

Vigilancia Aduanera esta presente en Europol Web oficial de Europol. junto a los otros dos cuerpos de ámbito estatal, Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía, así como distintas organizaciones y programas que facilitan el intercambio de información para la lucha contra el fraude, como por ejemplo MARINFO, las Oficinas Regionales de Enlace (RILO) de la Organización Mundial de Aduanas, el Consejo Caribeño para la Aplicación de la Legislación Aduanera (CCLEC), programa BASC.

Lucha contra el narcotráfico El hecho de que España sea punto de entrada para gran parte del narcotráfico en su vía hacia el resto de la Unión Europea, da una mayor importancia si cabe a este servicio. Especial transcendencia tienen las operaciones antidroga llevadas a cabo por el Servicio de Vigilancia Aduanera en los últimos años a fin de desactivar la conocida como ruta del Mediterráneo Oriental utilizada por organizaciones internacionales de narcotraficantes para el transporte de grandes alijos de hachís destacando entre las mencionadas operaciones la aprehensión de 9000 kg de hachís a bordo del Avenir de Safi II, 5000 kg de hachís en el mercante San Trela, 10 000 kg de hachís en el velero Mirca, 8700 kg de hachís a bordo del pesquero Santa Rita Terza, 12 000 kg de hachís en el marco de la Operación Oriente encontrados a bordo de un mercante con bandera de conveniencia, los 12 000 kg de hachís en la Operación Bósforo transportados por el barco turco Berk Kaptan y la más reciente, en marzo del 2016, interceptando a 93 millas de las costas españolas al velero de nombre Diosa Astarte que transportaba cerca de ocho toneladas de hachís. En total las operaciones de Vigilancia Aduanera en la ruta del Mediterráneo Oriental arrojan la incautación de más de 155 toneladas de estupefacientes.

De destacar igualmente son los resultados obtenidos en el resto de operaciones durante el período 2010-2014 con 64 toneladas de cocaína y 677 de hachís aprehendidas, 50 millones de cajetillas de tabaco intervenidas, 22 millones de falsificaciones interceptadas, 1 576 millones de euros descubiertos procedentes del blanqueo de capitales y otros 686 millones derivados de otros delitos económicos.Memorias de la AEAT

En los últimos años, Vigilancia Aduanera tiene gran protagonismo en investigaciones contra la corrupción: Operación Pokemon, Campeón, Cóndor, ITV... así como en la lucha contra el fraude fiscal a gran escala: Operación Emperador, Flash, City...

Genéricamente todos sus medios aéreos, marítimos y terrestres utilizan la palabra ADUANAS, en detrimento de Vigilancia Aduanera, al igual que los chalecos y uniformes, que la llevan en la espalda.

Evolución de las incautaciones de drogas del SVA (fuente: AEAT)Año Hachís (kg) Cocaína (kg) TOTAL (kg)2005 171 975 30 517 202 4922006 148 458 32 681 181 1392007 171 548 25 070 196 6182008 212 973 21 865 234 8382009137 00016 7002010175 90019 9002011119 20010 8002012109 53769142013139 30814 9882014134 23712 043TOTAL

Historia Su historia está ligada al Monopolio de Tabacos o la Renta de Tabacos. Con el Monopolio del Tabaco surge el contrabando y, para combatir éste, aparecen los primeros Resguardos o fuerzas encargadas de perseguirlo y reprimirlo. No se sabe a ciencia cierta cuándo se organizó el primer Resguardo de Tabacos o Cuerpo encargado de combatir el contrabando de este artículo monopolizado, si bien podría ser en tiempos de Felipe V, el primer rey de la dinastía borbónica (1700-1746) o más bien en la época de Carlos III (1759-1788).

Por Real Decreto de 20 de febrero de 1844 se promulgan las bases del arrendamiento de la Renta de Tabacos. En la Base 28 se dice que la empresa arrendataria tendrá a su disposición el resguardo marítimo. Se hará cargo a los buques de que consta y de su subsistencia. Los comandantes de los buques guardacostas y sus tripulaciones pasarán a las órdenes de la empresa, y el servicio del resguardo marítimo se considerará como una parte integrante del contrato. El Gobierno conservará, sin embargo, la iniciativa en el nombramiento de los comandantes de los apostaderos y de los buques, a propuesta de la empresa.

Un reglamento particular redactado por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el de Marina, determinará: primero: los apostaderos en que debe dividirse el litoral y fuerzas de que debe constar el resguardo marítimo; segundo, el número y clase de sus tripulaciones; tercero, los sueldos y haberes de los comandantes y de los empleados de los apostaderos y tripulaciones, y el importe de las raciones de éstos; cuarto, las visitas e inspección que el Gobierno debe ejercer en toda la marcha de este servicio.

En cuanto al coste del Resguardo, se satisfará por la empresa, por la Renta Aduanas y por la de Tabaco. (Es curioso que, ciento treinta y dos años después, el Servicio de Vigilancia Fiscal, sucesor de aquel Resguardo, tuviera un análogo sistema de financiación, puesto que su mantenimiento sigue a cargo de la Renta de Tabaco, aunque ahora contribuya al mismo la de Petróleos, e incluso estaba dispuesta la colaboración de la Renta de Aduanas).

Los antecedentes inmediatos del SVA se sitúan en el siglo XX. El 18 de marzo de 1944 se crea, bajo la dependencia de la Compañía Arrendataria del Monopolio de Tabacos, el Servicio de Vigilancia Terrestre y Marítima de Tabacalera, S.A. Diez años después, mediante Decreto de 17 de diciembre del año anterior pasó a depender del Ministerio de Hacienda.