Prueba a medias (latín probātiō sēmiplēna) era un concepto del derecho romano medieval, que describía un nivel de prueba entre la mera sospecha y la prueba completa ( probātiō plēna) necesaria para condenar a alguien por un crimen. El concepto fue introducido por los Glosadores de la década de 1190 como Acio de Bolonia, que da ejemplos tales como un solo testigo o documentos privados.

En los casos en que hubiera pruebas a medias contra un acusado, se le podría permitir prestar juramento sobre su inocencia, o podría ser enviado a tortura para extraer más pruebas que pudieran completar la carga de la prueba.

Sir Matthew Hale, el principal jurista inglés de finales del , escribió:

Sin embargo, el concepto nunca llegó a establecerse firmemente en la ley inglesa.

Voltaire afirmaba que el Parlamento de Toulouse se ocupaba no sólo de medias pruebas, sino también de cuartos de prueba y octavos, , pero no hay pruebas directas de ello.

En épocas posteriores, la prueba a medias se mencionó en el derecho escocés del J. Erskine, An Institute of the Law of Scotland, ed. J. Ivory, Edimburgo, 1828, II: pp. 965, 972. y en el Código de Derecho Canónico.

Referencias

Enlaces externos Entrada en el Diccionario de Derecho: prueba a medias

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