miniaturadeimagen|300px|Basílica de Nuestra Señora de los Ángeles (Cartago) Costa Rica tiene una tradición de tolerancia religiosa que permite en el país el desarrollo y la práctica libre de una gran variedad de religiones. Posee una rica diversidad cultural, étnica y religiosa, producto de la inmigración de personas de todos los continentes. Allí se practican unas 80 religiones, por lo que Costa Rica tiene una gran diversidad religiosa.Diálogo interreligioso en Costa Rica, 25 de agosto de 2011International Religious Freedom Report 2008: Costa Rica. United States Bureau of Democracy, Human Rights and Labor (September 14, 2007)
La encuesta Latinobarómetro de la ronda 2017, mostraba que un 57% de costarricenses eran católicos, un 25% protestantes, un 15% sin religión y 2% de otras religiones (mayormente budistas), mientras similares datos mostró la encuesta del Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la Universidad de Costa Rica que arrojó un 52% de católicos, 21.6% de evangélicos y 17% sin religión.Informe de Resultados de la Encuesta de Opinión Sociopolítica Realizada en Febrero de 2018 Publicado el 6 de marzo de 2018
La encuesta CIEP-UCR de mayo de 2021 publicada por el periódico "Semanario Universidad" establece que el número de católicos costarricenses es 47.5% (una disminución desde el 50% que mostraba la encuesta en noviembre de 2019), los neopentecostales son el 19.8% (una reducción respecto al 21% del 2019), las personas sin religión (ateos, agnósticos y deístas) son 27% (el número se mantiene estable), protestantes tradicionales (probablemente una referencia a los llamados "protestantes históricos") 1.2%, seguidos de testigos de Jehová en 1.4%, mormones 0.3% y musulmanes en 0.1%.
De acuerdo con los resultados de 2023 por parte de Latinobarómetro registro una mayoría protestante a 56%, seguida del catolicismo con 27% y el 17% como no religioso o ateo/agnóstico Los contrastes entre múltiples encuestas a inicios de la década 2020 reflejan la apertura a experimentar otras formas de creer distintas a religión católica por parte de los costarricenses. Estos resultados en conjunto con la encuesta de CIEP-UCR, aunque en esta última los no religiosos son la segunda categoría más grande y en crecimiento, reflejan la apertura de experimentar, ya sea provisional u oficial, otras formas de creer distintas a la religión católica.
En 2024, otra encuesta realizada por la Corporación Latinobarómetro halló que el Catolicismo vuelve a figurar como religión mayoritaria a 53%, seguido con la población evangélica o protestantes a cerca de 29% y en tercer lugar la población no religiosa, atea, agnóstica con 18%.
Los judíos que emigraron de Europa a principios y mediados del generaron una nutrida comunidad, de unos 3000 miembros, mayoritariamente askenazís.
La migración de Extremo Oriente, compuesta mayormente por chinos, taiwaneses, coreanos, japoneses, etc., generó la existencia de la comunidad budista más grande de América Central con unos 96.000 miembros entre extranjeros y nacionales conversos, la presencia de taoístas y la práctica del sincretismo entre el catolicismo, el budismo y la religión tradicional china.
Emigrantes de Oriente Medio, libaneses, palestinos, iraquíes y otros árabes han formado una de las mayores comunidades musulmanas de América Central, con unos 1500 miembros También existen hinduistas, bahais, jainistas, neopaganos (mayormente wiccanos y asatruar), rastafaris, taoístas, sijs, luciferinos y Thelemitas entre otros.
Los aborígenes autóctonos aún preservan sus creencias religiosas de índole chamánica con base en tradiciones orales, como es el caso de la religión bribri del pueblo bribri.
Marco legal
Costa Rica es el único estado confesional de América. La Constitución Política de la República de Costa Rica estipula:
Aunque este es el único capítulo constitucional dedicado al tema, la Constitución también la menciona al establecer la prohibición en su artículo 28 de usar la religión con fines políticos propagandísticos o electorales:
También establece como uno de los requisitos para ser electo Presidente o Vicepresidente de la República, Ministro de Gobierno o Magistrado el pertenecer al Estado seglar (ser laico) en los artículos 131, 142 y 159 respectivamente.
Costa Rica además ha suscrito la mayoría de convenios internacionales de Derechos Humanos que garantizan la libertad de culto incluyendo la Declaración Universal de Derechos Humanos (siendo uno de los países fundadores de la ONU estuvo presente durante su votación siendo entonces embajador ante la ONU el escritor Alberto Cañas Escalante) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José llamado así precisamente por firmarse en la ciudad capitalina costarricense.
No existe en Costa Rica ninguna ley que regula a las religiones como las que existen en otras naciones. Toda organización religiosa que no sea la Iglesia católica y que desee registrarse formalmente lo debe hacer como asociación privada según lo establecido en la Ley de Asociaciones y ante el Registro Público dependiente del Ministerio de Justicia, sin embargo no existe ninguna obligatoriedad de hacerlo para poder operar activa y públicamente en el país mientras se respete el orden público y demás leyes. La mayoría de grupos religiosos se inscriben como asociación para obtener una cédula jurídica que les permita adquirir propiedades, firmar contratos de arrendamiento o contratar personal, pero esto no regula de ninguna manera sus funciones religiosas y, a la vez, esto tampoco acarrea ningún beneficio pues no existe en Costa Rica ninguna protección particular ante la ley por ser un ente religioso, ni oficiar bodas o ningún otro proceso civil y ninguna religión, fuera de la Iglesia católica, tiene ningún beneficio legal como financiamiento estatal o exoneraciones de impuestos. Solo la Iglesia católica puede recibir donaciones de terrenos por parte del Estado, solo ella está exonerada de impuestos y solo sus matrimonios son legales sin requisito de notario público. Aunque algunas entidades oficialmente registradas como asociaciones pueden recibir ayudas estatales para financiar actividades culturales o filantrópicas esto se regula según lo establecido en la Ley de Asociaciones y el estatus de "grupo religioso" es indiferente.
Aunque no exista una ley específicamente para normar a las religiones y solo se les menciona brevemente en la Ley de Asociaciones sin definir con detalle sus características, otros cuerpos jurídicos costarricenses sí regulan algunas de sus funciones. El Código de Trabajo estipula que los trabajadores no católicos pueden solicitar días libres en sus celebraciones religiosas particulares y es deber del patrono dárselos descontándolos de sus vacaciones o intercambiándolos por otro feriado, para lo cual requieren la carta firmada de una asociación debidamente inscrita. La Ley de Migración reformada en 2007 reglamentó por primera vez las funciones de los trabajadores religiosos, estableciendo que las asociaciones legalmente registradas pueden traer al país a funcionarios con estatus de trabajador religioso (por ejemplo predicadores, conferencistas, misioneros, etc.) para quienes el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a través de la Oficina de Migración emitirá un permiso de trabajo temporal de entre tres meses y dos años. Adicionalmente a estos el Código Electoral refuerza la prohibición constitucional a usar motivos religiosos en campaña electoral.
También cabe mencionar que si bien no es una ley, un decreto ejecutivo estableció regulaciones para inscribir lugares de culto tras una polémica suscitada por el cierre de iglesias por parte del Ministerio de Salud Pública por incumplimiento de la normativa especialmente en lo referente a contaminación sónica, aunque el decreto involucra principalmente a iglesias con grandes aglomeraciones. Religiones con participaciones menos masivas como judíos, musulmanes y budistas generalmente registran sus templos como "centros culturales" y están registrados como asociación cultural.
Ante la inexistencia de un cuerpo normativo que delimite jurídicamente a las organizaciones religiosas fuera de la católica en la legislación costarricense la Sala Constitucional estableció que todas las prohibiciones constitucionales aplican solo al clero católico, y por tanto no aplica a ministros religiosos de otras confesiones que pueden ser por tanto candidatos a presidente y vicepresidente, ministros y si fuera el caso magistrados (aunque esto último nunca ha sucedido). Las bancadas de los partidos evangélicos propusieron un proyecto denominado "Ley de Libertad Religiosa y de Culto" expediente 19099 que regularía las iglesias evangélicas y daría una serie de beneficios incluyendo financiamiento estatal, oficiar matrimonios legales y protección ante la ley, sin embargo ha sido criticado por excluir expresamente a religiones no cristianas y fue criticado también por la Conferencia Episcopal. El proyecto se encuentra en comisión.
Demografía
De acuerdo a estudios estadísticos hechos por la Universidad de Costa Rica, entre los mayores de 55 el catolicismo es más prominente, con 65% de esta población considerándose católica, seguida de 19% evangélica y solo 7% es sin religión, entre los adultos de 34 a 54 años el catolicismo baja a 53%, mientras el protestantismo sube a 24% y la irreligión a 14%, y finalmente entre los jóvenes de 18 a 34 años es donde el número de irreligiosos es más prominente, siendo 27% e incluso superando a los evangélicos que pasan al 22% y los católicos se reducen al 42%.
Por sexo la población católica está empatada entre hombres y mujeres en 52%, 26% de las mujeres son evangélicas frente al 19% de los hombres y a la inversa 19% de los hombres dejaron la religión frente a 14% de las mujeres.
En cuanto a estudios, 54% de la población con solo la primaria completa es católica, 26% protestante y 11% sin credo, 44% de los que tienen secundaria completa son católicos, seguidos por 23% evangélicos y 21% ateos/agnósticos y de quienes poseen estudios universitarios 59% es católico, 22% agnóstico/ateo y solo 12% evangélico, por lo que aunque los católicos son mayoría en todos los grados académicos, los evangélicos son más entre quienes tienen educación básica y los irreligiosos entre quienes tienen educación superior.
Posiciones morales, políticas y sociales
Un estudio realizado entre 2013 y 2014 por la investigadora Laura Fuentes Belgrave de la Universidad Nacional utilizando grupos focales analizó las posiciones de seis grupos sobre distintos temas morales y políticos. Los grupos se dividieron en muestras de católicos practicantes (quienes asisten a la iglesia más de una vez por semana, entre otros indicadores), católicos no practicantes (quienes asisten a la iglesia ocasionalmente o en eventos especiales de vida, entre otros indicadores), protestantes históricos, neopentecostales, personas sin religión y "otros", siendo este último una muestra con representantes de distintas minorías religiosas incluyendo musulmanes, bahais, budistas tibetanos, budistas zen, budistas nichiren, taoístas y seguidores de Brahma Kumaris y el New Age.